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Cómo implementar el SG-SST

ecreto 1072 de 2015 obliga a las empresas a tener un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo. Conozca cómo implementar el SG-SST de su empresa.
Conozca nuestra guía sobre cómo implementar el SG-SST
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Este artículo fue publicado hace más de un año y algunas de las referencias normativas pueden estar desactualizadas. Si detecta algún error, por favor repórtelo a través de nuestro formulario de contacto.
Con la expedición del Decreto 1072  de 2015 ya no hay alternativa: todas las empresas con más de un trabajador deben implementar el nuevo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).  Así las cosas, la prioridad es definir cómo implementar el SG-SST y poner en marcha este nuevo modelo.
El tema cobra importancia si se toma en cuenta que el SG-SST es una estructura integral, que abarca a la organización en su conjunto. El sistema no solamente cobija a los empleados de la empresa, sino también a los contratistas, subcontratistas y proveedores.
¿Cuáles son entonces los pasos a seguir? Básicamente se trata de llevar a cabo cinco actividades.

1. Diseñar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo

La política de Seguridad y Salud en el Trabajo contiene los lineamientos fundamentales del sistema de gestión. No puede ser generalista, sino que se debe adaptar a las características específicas y al tamaño de la organización. Su redacción tiene que ser clara, precisa y concisa.
La norma exige que el documento final sea firmado por el representante legal de la empresa. El contenido se debe difundir a todos los miembros de la organización, y demás partes interesadas, y tiene que revisarse una vez al año.
Una vez definida la política de Seguridad y Salud en el Trabajo, es necesario formular los objetivos de dicha política. Estos, deben enfocarse en tres puntos:
  • Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos, y establecer los controles respectivos.
  • Proteger la seguridad y la salud de todos los miembros de la organización, mediante un proceso de mejora continua del sistema.
  • Cumplir con las normas vigentes en la materia.

2. Operacionalizar el SG-SST

Este punto se refiere a las acciones que deben llevarse a cabo para poner en marcha el sistema. Incluye los siguientes elementos:
  • Definición de obligaciones. Supone establecer las obligaciones puntuales que deben cumplir los empleados, contratistas y las ARL, en relación con el Sistema de Gestión.
  • Capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo. Consiste en el diseño de un programa de capacitación que esté enfocado a formar a los trabajadores en los aspectos que el SG-SST exige. Este programa debe ser revisado anualmente. También incluye la elaboración de un programa de inducción dirigido a todos los trabajadores de la organización, sin tomar en cuenta su modalidad de contratación.

 3. Producción y conservación de documentos del SG-SST

El Decreto 1072 de 2015 exige que se elaboren una serie de documentos, a saber:
  • Política del SG-SST
  • Definición de responsables
  • Identificación anual de peligros
  • Informes (condiciones de salud, programa de capacitación, procedimientos e instructivos, soportes de convocatoria y elección de COPASST)
  • Reporte de investigación de accidentes, incidentes y enfermedades laborales
  • Análisis de vulnerabilidad y planes de emergencia
  • Registros de las inspecciones
  • Matriz legal actualizada
  • Evidencias para el control de los documentos
De igual manera, la norma indica que algunos documentos deben conservarse por un lapso mínimo de 20 años. Estos son:
  • Resultado del perfil epidemiológico
  • Resultado de las mediciones ambientales
  • Resultados de los programas de vigilancia epidemiológica
  • Registros de capacitación, formación y entrenamiento
  • Registro de la entrega de Equipos de Protección Personal (EPP)

4. Gestión de la comunicación en el SG-SST

El Decreto indica que es necesario definir unos mecanismos eficaces para recibir, tramitar y responder a las comunicaciones relacionadas con el sistema. Esto aplica tanto para las comunicaciones internas como para las externas.
También se debe garantizar que todos los trabajadores y contratistas conozcan qué es y cómo funciona el SG-SST.
Finalmente, toda empresa debe contar con canales que hagan posible la participación del personal dentro del sistema.

5. Planificación del SG-SST

Para llevar a cabo el proceso de planificación se deben tomar en cuenta dos grandes componentes: la identificación de peligros y valoración de riesgos, y la evaluación inicial del programa de gestión.
La identificación de peligros y valoración de riesgos permite detectar los factores que atentan contra la seguridad y la salud de los trabajadores. También hace posible determinar el nivel de gravedad de esas amenazas. Corresponde a lo que anteriormente se conocía como “panorama de riesgos”.
Respecto a la evaluación inicial del programa de gestión, su propósito es definir los peligros prioritarios. Implica tanto la actualización de la información sobre los riesgos que se habían detectado con anterioridad, como la incorporación de los nuevos riesgos identificados.
La evaluación inicial debe incluir la revisión de estos componentes:
  • Matriz legal
  • Matriz de identificación de peligros
  • Análisis de vulnerabilidad
  • Plan de emergencia
  • Evaluación de las medidas de control
  • Cumplimiento del programa de capacitación
  • Evaluación de puestos de trabajo
  • Evaluación de programas de vigilancia epidemiológica
  • Estadísticas de enfermedad y accidentes
  • Registro de indicadores
  • Diagnóstico de las condiciones de salud
A partir de toda esa información se elabora el plan de trabajo anual, que debe contener objetivos, metas, actividades, responsables, cronograma y recursos. Es importante recalcar que el plan de trabajo debe

Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo

El Decreto 1072 de 2015 obliga a las empresas a demostrar que desde el 2014 están iniciando su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo ajustando sus programas de Salud Ocupacional.
Las caídas son el accidente laboral más común en oficinas
Las caídas son el accidente laboral más común en oficinas
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Los empleadores tienen los siguientes plazos para aplicar lo estipulado en el Decreto 1072 de 2015, ya sea ajustando sus programas de Salud Ocupacional al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), o implementando el sistema por primera vez y deben demostrar que han iniciado las acciones desde 2014:
GRUPONÚMERO DE TRABAJADORESFECHA MÁXIMA
AMenos de 1031 de mayo de 2017
BDe 10 hasta 20031 de mayo de 2017
CMás de 20031 de mayo de 2017
Los plazos fueron modificados por el Decreto 052 del 12 de enero de 2017.

Antecedentes del Decreto 1072 de 2015

Los programas de salud ocupacional son uno de los grandes logros de los trabajadores. En Colombia vienen implementándose formalmente desde finales de los años setenta, cuando la Ley 9 de 1979 dedicó el Título III al particular. Progresivamente fueron ampliándose las normas y procedimientos hasta llegar al Decreto 1295 de 1994, por el cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales -SGRP.
El objetivo general del SGRP es la promoción de la seguridad y la salud. Fundamentalmente busca prevenir riesgos en el trabajo, para evitar accidentes y enfermedades laborales. Constituye pues un amplio campo de estudio y de acción, que en los últimos veinte años ha venido adquiriendo rigor profesional. Son muchos los médicos, psicólogos, ingenieros, abogados, y administradores—principalmente— que se han especializado en esta rama, recientemente denominada HSEQ (Salud, Seguridad, Ambiente y Calidad, por sus siglas en inglés).
Con tantos actores interesados, es razonable que este campo haya tenido una rápida evolución. Cada vez se incorporan procedimientos más novedosos y efectivos.
Precisamente para actualizar la normativa colombiana, se expidió la Ley 1562 de 2012, cuyo principal aporte consistió en reemplazar el Programa de Salud Ocupacional, por el Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo -SGSST. La reglamentación de esta ley llegó dos años después, con el Decreto 1443 de 2014, el cual constituye un manual para implementar el SG-SST en todas las organizaciones.
Posteriormente, en el año 2015, el gobierno nacional unificó todas las normas laborales en el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.  Todo el contenido del decreto 1443 de 2014 quedó unificado en el Libro 2, parte 2, título 4, capítulo 6  del Decreto 1072 de 2015.

Implementación del sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST

El nuevo modelo está relacionado coherente con la norma ILO-OSH, 2001, de la International Labour Organization (Organización Internacional del Trabajo -OIT). De ahí que el Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo forme parte del Sistema de Gestión de la organización y esté inspirado en el ciclo PHVA[1]; por eso se implementa como un proceso lógico por etapas, que permite el mejoramiento continuo.
Su objetivo es:

ANTICIPAR, RECONOCER, EVALUAR Y CONTROLAR los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo

POLÍTICA
Formalizar por escrito el compromiso del empleador o contratante con la seguridad y la salud en el trabajo. Definir su alcance y abarcar a toda la organización (todos los centros de trabajo y todos los trabajadores incluyendo contratistas y subcontratistas).
ORGANIZACIÓN
Definir las obligaciones del empleador y de la ARL.
Definir las responsabilidades del trabajador.
Conformar el Comité Paritario de SST en organizaciones con más de 10 trabajadores, o asignar  un Vigía en SST en las empresas con menor número de empleados.
Capacitar, documentar y comunicar. Realizar capacitaciones.
PLANIFICACIÓN
Identificar los  peligros y valorar el riesgo (en todos los procesos, actividades internas o externas, máquinas y equipos).
Realizar la evaluación inicial para establecer el plan de trabajo anual o para actualizar el ya existente.
Formular los objetivos e indicadores del sistema, e indicadores que evalúan el sistema.
APLICACIÓN
Eliminar o sustituir los peligros. Diseñar las medidas de control técnico y administrativo. Seleccionar los equipos y elementos de protección.
Implementar y mantener las disposiciones de prevención, preparación y respuesta ante emergencias.
Definir el procedimiento para evaluar el impacto de los cambios internos (por ejemplo, el cambio en las instalaciones) o externos (por ejemplo el cambio en la legislación) sobre la SST.
Verificar que los proveedores y todos los tipos de trabajadores cumplan las normas SST adoptadas en la organización.
AUDITORIA
Evaluar anualmente el cumplimiento de la política, el resultado de los indicadores, la participación de los trabajadores, los mecanismos de comunicación, la aplicación del sistema en la organización (incluyendo proveedores y contratistas), y la investigación de incidentes, accidentes y enfermedades labores, entre otros.
La alta dirección debe revisar anualmente el sistema, con base en las modificaciones de los procesos, resultados de las auditorías y otros informes.
MEJORAMIENTO
Implementar acciones preventivas y correctivas.
Mejorar continuamente con base en las recomendaciones presentadas por los trabajadores, los cambios en la legislación y los resultados de la auditoría, la revisión y los programas de promoción y prevención.

El SG-SST es consecuente con el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, adoptado en 2004 por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, mediante Decisión 584 de la CAN. Este acuerdo se inscribe en el proyecto de región supranacional; para implementarlo, es importante homogeneizar las condiciones laborales. Se trata, en últimas, de una estrategia de fomento para propiciar la cohesión económica, mediante empresas multinacionales y mercados de nivel regional.
No se debe pasar por alto el carácter eminentemente práctico de todo este sistema de gestión: su fin último es evitar que los accidentes e incidentes, por fallas en la prevención de riesgos, afecten el buen desempeño de la empresa; es decir, la producción o la prestación continua y eficiente de servicios, así como los estados financieros y la situación legal. Sin embargo, las bondades de este sistema no benefician solamente al empleador. Los trabajadores ven mejoradas sus condiciones laborales, en la medida en que pueden desempeñarse en ambientes de trabajo que protegen su integridad.

Obligaciones de las empresas en Seguridad y Salud en el Trabajo

Puesto que los procedimientos en materia de SST son más exigentes y minuciosos cada vez, el Decreto 1072 de 2015 en su capítulo 6 puntualiza dos aspectos importantísimos para que la organización no incurra en problemas jurídicos y fiscales por negligencia. El primero de ellos es que el empleador debe cerciorarse de que sus proveedores y contratistas tengan un SG-SST que se ajuste a la normativa; el segundo, que se deben guardar los registros de todo el quehacer del sistema, para soportar documentalmente la existencia y resultados del mismo. Con estos insumos se puede demostrar que los eventuales accidentes ocurren como casos fortuitos y no por negligencia del empleador. De otro modo, el empleador tiene que hacerse cargo del pago correspondiente.
Para efectos del capítulo 6 del Decreto 1072 de 2015 (antes Decreto 1443 de 2014), la organización o empresa se entiende como la suma de todos los centros de trabajo, todos los tipos de trabajadores e incluso todos los proveedores que estén adscritos. Por su parte, un centro de trabajo “es toda edificación o área a cielo abierto destinada a una actividad económica en una empresa determinada”. Y la condición de trabajador se mantiene, independientemente de la forma de contratación; por lo tanto, incluye trabajadores dependientes, cooperados, en misión, contratistas y subcontratistas.
Para terminar, se debe resaltar otro elemento que no es menos importante: ningún empleador público o privado está exento de aplicar las directrices para la implementación del SG-SST. Este principio también aplica para empleadores de las empresas de servicios temporales (por ejemplo, consorcios para un proyecto), organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, y los contratantes de personal en modalidad civil, administrativo o comercial. Contrariar lo anterior es causal de sanciones económicas o de cierre temporal o definitivo de la empresa, o una de sus áreas. Las sanciones pecuniarias pueden llegar hasta los 500 SMLMV.
[1]  PHVA son las siglas de Planificar, Hacer (lo planificado), Verificar (lo que se hizo) y Actuar (en caso que se requieran mejoras).



Evidencias de cumplimiento de los estándares mínimos del SG-SST

La Resolución 1111 de 2017 solicita evidencias de cumplimiento de cada uno de los estándares del SG-SST. Conozca algunas recomendac...